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La firma electrónica es un mecanismo digital que permite identificar al firmante de un documento electrónico y manifestar su aceptación sobre su contenido.
Sí. En Chile, la firma electrónica tiene validez legal y, como regla general, los actos y contratos suscritos por esta vía producen los mismos efectos que aquellos celebrados por escrito en papel, salvo las excepciones previstas por la ley. En ese marco, los documentos firmados a través de FirmaDocumentos.cl tienen valor legal como documentos electrónicos, conforme a la Ley N.º 19.799.
Sin perjuicio de lo anterior, la aceptación del documento por parte de terceros dependerá de los requisitos específicos de cada institución.
La firma electrónica es válida judicialmente porque la legislación chilena reconoce expresamente su equivalencia con la firma manuscrita.
En particular, la Ley N.º 19.799 establece que los actos y contratos suscritos mediante firma electrónica son válidos y producen los mismos efectos que aquellos celebrados por escrito en soporte de papel, siempre que no se trate de materias excluidas por la ley.
En consecuencia, un documento firmado electrónicamente puede ser presentado en juicio y será reconocido como un medio válido para acreditar la voluntad de las partes.
De acuerdo con la Ley N.º 19.799, los documentos electrónicos pueden presentarse en juicio y su valor probatorio dependerá del tipo de documento y de la firma electrónica utilizada.
En consecuencia, la firma electrónica avanzada (FEA) otorga un respaldo probatorio reforzado, mientras que la firma electrónica simple (FES) también constituye un medio de prueba válido, pero su eficacia probatoria quedará sujeta a las reglas generales y a las circunstancias del caso.
La legislación distingue principalmente entre firma electrónica simple (FES) y firma electrónica avanzada (FEA). Ambas permiten firmar documentos digitales, pero difieren en su nivel de seguridad, en la forma de acreditación de identidad y en sus efectos probatorios.
La firma electrónica simple (FES) corresponde, en términos generales, a cualquier sonido, símbolo o proceso electrónico que permita identificar, al menos formalmente, al autor de un documento electrónico.
Puede manifestarse de distintas formas, según el sistema utilizado, tales como la aceptación en una plataforma digital, el uso de códigos de verificación o mecanismos de autenticación que permitan vincular el documento con una persona determinada.
Sus principales características son:
La firma electrónica avanzada (FEA) es aquella certificada por un prestador acreditado y creada usando medios que el titular mantiene bajo su exclusivo control. Se vincula únicamente a su titular y a los datos del documento, permite detectar modificaciones posteriores, verificar la identidad del firmante e impedir que este desconozca la integridad del documento y su autoría.
En los procesos de firma electrónica avanzada (FEA) de FirmaDocumentos.cl, la plataforma opera con un prestador acreditado por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
Sus principales atributos son:
La elección entre firma electrónica simple (FES) y firma electrónica avanzada (FEA) depende del tipo de documento, del nivel de seguridad requerido y de la normativa aplicable al caso concreto.
En términos generales:
Importante:
Ni la firma electrónica simple (FES) ni la firma electrónica avanzada (FEA) sustituyen por sí solas aquellos actos o contratos en que la ley exige una solemnidad que no puede cumplirse mediante documento electrónico, la concurrencia personal de alguna de las partes o se trate de materias excluidas por la normativa aplicable.
Por eso, antes de firmar un documento electrónicamente, siempre es recomendable verificar si la ley admite firma electrónica en ese caso y si corresponde utilizar firma simple (FES) o avanzada (FEA).
La principal diferencia radica en el nivel de seguridad, autenticación e integridad. En términos simples, la firma electrónica avanzada (FEA) ofrece un mayor nivel de seguridad, validación de identidad y respaldo frente a eventuales impugnaciones.
Cuadro comparativo: firma electrónica simple (FES) vs. firma electrónica avanzada (FEA)
|
Atributo |
Firma electrónica simple (FES) |
Firma electrónica avanzada (FEA) |
|
Definición general |
Mecanismo que permite identificar formalmente al autor de un documento electrónico |
Firma certificada por un prestador acreditado, bajo control exclusivo del titular |
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Certificación |
No requiere certificación acreditada |
Sí, requiere certificación por prestador acreditado |
|
Nivel de seguridad |
Menor |
Mayor |
|
Autenticidad |
Más limitada |
Reforzada |
|
Integridad del documento |
Depende del sistema utilizado |
Permite detectar modificaciones posteriores |
|
Respaldo probatorio |
Se rige por las reglas generales |
Ofrece un estándar probatorio reforzado |
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Uso recomendado |
Documentos privados y procesos digitales sin exigencia especial |
Documentos o actos que requieren mayor seguridad o una exigencia legal específica |
Es un mecanismo electrónico que permite asociar la identidad de una persona con los datos utilizados para firmar digitalmente.