Una de las grandes ventajas de la firma electrónica es su amplio campo de aplicación. En Chile, la regla general es clara: todo documento que no esté prohibido por ley puede firmarse electrónicamente.
Documentos que sí pueden firmarse electrónicamente
- Contratos de arriendo
- Contratos laborales
- Acuerdos comerciales
- Mandatos simples
- Declaraciones y consentimientos
Estos documentos corresponden, en su mayoría, a instrumentos privados, es decir, acuerdos que no requieren la intervención de un ministro de fe.
Documentos que requieren notario
- Escrituras públicas
- Compraventas de bienes raíces
- Hipotecas
- Testamentos
