Deja por escrito las condiciones para subarrendar una propiedad o parte de ella. Sube tu contrato en PDF y firma con ClaveÚnica, previa revisión del arriendo principal y las autorizaciones correspondientes.
Desde $8.990 IVA incluido · Firma con validez legal en minutos
Comprueba que puedes subarrendar antes de preparar y firmar el documento.
Verifica si permite subarrendar, qué límites establece y si necesitas una autorización adicional del arrendador.
Incluye las partes, el espacio subarrendado y las condiciones acordadas. Convierte a PDF si lo redactaste en Word.
Subarrendador y subarrendatario validan su identidad con ClaveÚnica y firman electrónicamente el mismo documento.
Obtén el PDF cuando se completen las firmas y conserva una copia para cada parte.
Desde 1 firma · sin costos ocultos
Define las condiciones de ocupación respetando los límites del arriendo principal.
Indica el monto, la fecha y la forma de pago. Especifica cómo se distribuirán los servicios y gastos comunes.
Establece las fechas de inicio y término, considerando la vigencia del arriendo principal y las condiciones para devolver el espacio.
Si subarriendas una habitación, identifica el espacio exclusivo y las áreas comunes que podrá utilizar la otra persona.
Define el destino del espacio y las obligaciones de conservación. Respeta los usos autorizados en el contrato principal.
El subarriendo parte de una relación de arriendo existente. Si necesitas preparar ese acuerdo, revisa nuestro servicio para firmar el contrato entre arrendador y arrendatario.
En un subarriendo, quien ya arrienda un inmueble entrega su uso, total o parcial, a otra persona a cambio de una renta. El arrendatario original actúa como subarrendador y la persona que ocupará el espacio como subarrendatario.
La regla general del Código Civil exige que la facultad de subarrendar haya sido concedida expresamente. Existe una excepción para viviendas con arriendo a plazo fijo superior a un año: la Ley N° 18.101 entiende implícita esa facultad, salvo estipulación en contrario. Revisa cuál es tu caso antes de firmar.
La FEA no permite crear Tu Empresa en un Día ni facturar en el SII. Para esos trámites específicos se requiere un certificado digital emitido por un PSC acreditado.
La Ley N° 18.101 aplica sus reglas, en lo que corresponda, a subarrendadores y subarrendatarios. Para los contratos escritos regidos por ella, contempla autorización notarial de las firmas. La firma electrónica avanzada respalda la suscripción del documento, pero por sí sola no sustituye esa autorización.
Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Firma Electrónica.
Cada firmante valida su identidad con ClaveÚnica. Sin certificados adicionales que instalar.
Permite detectar cualquier modificación posterior a la firma.
En simple: la FEA tiene el mismo valor que firmar en papel para actos entre privados. Sin moverse de donde estás.
Tenía un acuerdo redactado en Word y no sabía cómo dejarlo con validez legal real. Lo convertí a PDF, lo subí y en minutos ambas partes lo habíamos firmado.

Corredora de propiedades
Redacto mis contratos en Word porque es donde trabajo normalmente. El paso extra de convertir a PDF es mínimo comparado con lo que me ahorro en firmas presenciales.

Gerente comercial
No sabía que la firma de Word no tenía validez legal real hasta que lo investigué. Ahora convierto todo a PDF y firmo aquí con ClaveÚnica.

Abogada
Resuelve dudas sobre las obligaciones y situaciones que pueden surgir durante el subarriendo.
No por el solo hecho de subarrendar. El contrato principal sigue vinculándote con el arrendador. El acuerdo con el subarrendatario no elimina automáticamente tus obligaciones de pago, cuidado y restitución.
Deja por escrito qué servicios se compartirán y cómo calcularán cada aporte. Define también las fechas de pago y los comprobantes que se utilizarán para revisar los cobros.
El subarriendo depende del derecho del arrendatario original a usar el inmueble. Su plazo no garantiza permanecer después del término del arriendo principal; deben revisarse la restitución y las obligaciones pendientes.
Adjunta un inventario o acta de entrega con el estado de las instalaciones, muebles y llaves. Identifica ese anexo en el contrato y procura que ambas partes lo suscriban.
Sí, mediante un acuerdo que identifique el contrato y los cambios aceptados. Ambas partes deben suscribirlo, respetando las formalidades aplicables y los límites del arriendo principal.
Conserva el contrato, los comprobantes y el registro de la deuda. Requiere el pago y revisa las vías legales de cobro o término que correspondan; el contrato no autoriza un desalojo por cuenta propia.